Legal

Tribunal de Arbitraje Deportivo

Propósito

De conformidad con el art. 56 de los Estatutos de la FIFA, la Federación Internacional reconoce la autoridad del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) con sede en Lausana (Suiza) a la hora de resolver disputas entre la FIFA y las federaciones miembro, las confederaciones, las ligas, los clubes, los jugadores, los oficiales, los intermediarios y los agentes organizadores de partidos con licencia.

Los procedimientos arbitrales se rigen por las disposiciones del Código de Arbitraje Deportivo del TAS. El TAS aplica, en primer lugar, los reglamentos de la FIFA y, de manera complementaria, el derecho suizo.

La jurisdicción del TAS se define en el art. 57 de los Estatutos de la FIFA, según el cual los recursos de apelación contra los fallos adoptados por los órganos judiciales de la FIFA y las decisiones adoptadas por las confederaciones, las federaciones miembro o las ligas deberán interponerse ante el TAS en un plazo de 21 días tras la recepción de la decisión.

El 1 de febrero de 2023, la FIFA y el TAS crearon un fondo de asistencia jurídica para el fútbol (FLAF, por sus siglas en inglés) con el objetivo específico de asistir a las partes interesadas que presenten recursos ante dicho tribunal. Cuando corresponda, aquellos procedimientos del TAS que cuenten con el fondo de asistencia jurídica para el fútbol i) estarán disponibles para todas las personas físicas, ii) quedarán exentos de tasas judiciales, costas procesales o gastos administrativos relacionados con el TAS, iii) en ocasiones excepcionales, estarán disponibles para los clubes de fútbol (categoría IV) una vez al año, y iv) la decisión la tomará un juez árbitro único de la lista de fútbol del TAS, que prestará sus servicios pro bono.

Las instrucciones del TAS pueden consultarse en este enlace (en inglés).

Las directrices sobre la ayuda legal ante el TAS pueden consultarse en este enlace.